¿Una Sociedad de Profesionales que hizo cambio de Categoría, de Segunda a Primera por cambio en su escritura, puede volver a Segunda Categoría sin hacer término de giro?

Tema: Actualización de Información · Tipos de modificaciones > Modificación a los giros o actividad económica

No es posible que realice esta operación sin dar aviso de Término de Giro, ya que la opción de declarar las rentas de las Sociedades de Profesionales de acuerdo con las normas de la primera categoría, es irreversible. Una vez que tales personas jurídicas hayan optado por declarar bajo dicha modalidad, no podrán volver a acogerse a las disposiciones de la segunda categoría, para los efectos de la determinación y declaración de sus ingresos.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 12/06/2026. Fuente: sii.cl.

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