¿Quiénes quedan excluidos del Subsidio?

Tema: Beneficios Tributarios · Medidas tributarias de apoyo a Personas y Pymes > Subsidio Sueldo Minimo MIPYMES 2022

Según el artículo 10° de la Ley quedan excluidas de este subsidio:

  • Las empresas individuales de responsabilidad limitada que tengan un único trabajador o una única trabajadora dependiente que coincida con él o la constituyente de la empresa.
  • Las sociedades por acciones que tengan un único trabajador o una única trabajadora dependiente que coincida con alguno de los socios o alguna de las socias de la sociedad.
  • Las personas jurídicas de cualquier tipo que tengan uno o más socios o socias o accionistas que sean, a su vez, personas jurídicas, y que hayan informado inicio de actividades desde el 30 de abril de 2022.
  • Quienes, al 30 de abril de 2022 y durante la vigencia del subsidio desempeñen actividades financieras y de seguros de acuerdo con los códigos de actividad económica del Servicio de Impuestos Internos.

Puede obtener más información consultado en nuestro sitio web sii.cl, portal Subsidio Sueldo Mínimo MIPYMES.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/05/2025. Fuente: sii.cl.

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