¿Cuál es el régimen de tributación de un trabajador dependiente de una plataforma digital de servicios?
Tema: Boletas de Honorarios Electrónicas · Emitir boleta de honorarios electrónica > Boleta de honorarios electrónica Plataformas digitales Ley N°21.431
En el caso de tratarse de un trabajador dependiente, y considerando que la relación laboral se limita a un contrato de trabajo regular, normado por el Código del Trabajo, el régimen de tributación es el del Impuesto Único de 2° categoría, del Artículo 42° N° 1 de la Ley de Impuesto a la Renta, siendo obligación del contratante el retener y enterar el impuesto asociado a estas rentas, en caso de existir. Luego, eventualmente el trabajador puede estar obligado a declarar el Formulario 22 en la Operación Renta en el año siguiente.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 11/12/2024. Fuente: sii.cl.