¿Cuáles son los requisitos para que un trabajador independiente de una plataforma digital de servicios, pueda emitir Boletas de Honorarios Electrónicas?
Tema: Boletas de Honorarios Electrónicas · Emitir boleta de honorarios electrónica > Boleta de honorarios electrónica Plataformas digitales Ley N°21.431
Los requisitos son los mismos que para cualquier persona que preste servicios como independiente, es decir:
Haber dado aviso de Inicio de Actividades de segunda categoría ante el SII. Realizar actividades sujetas a impuestos por el Art. 42, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Contar con una Clave Secreta que permita acceder a las aplicaciones dispuestas para los contribuyentes en la Oficina Virtual del SII.
Se recuerda que a partir del 1 de enero de 2021, se inició la obligatoriedad de emitir las Boletas de Honorarios Electrónicas para quienes hayan emitido electrónicamente estos documentos.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/05/2025. Fuente: sii.cl.