¿Los receptores de Boletas de Honorarios Electrónicas cómo deben registrarlas en sus libros y registros contables?
Tema: Boletas de Honorarios Electrónicas · Recepción de boletas de honorarios electrónicas > Libro de control de retenciones de boletas de honorarios electrónicas
Los receptores de Boletas de Honorarios Electrónicas deberán registrar en sus libros y registros contables, en forma separada, los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) de aquellos que no lo son. Esta medida no impide que el contribuyente adopte medidas y precauciones particulares para evitar que se produzcan errores en sus sistemas de control, ante eventuales duplicaciones de números entre los documentos electrónicos y en papel.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 11/12/2024. Fuente: sii.cl.