Al reprogramar un Crédito Hipotecario, acogido al beneficio tributario de la Ley 19.622, ¿se mantiene o se pierde el beneficio por un aumento del plazo original?

Tema: Declaración de Renta · Beneficios Tributarios > Adquisición de Viviendas Acogidas al DFL N°2

Al reprogramar un Crédito Hipotecario se mantiene y no se pierde el beneficio tributario de la Ley 19.622, sobre rebaja a las rentas afectas al Impuesto Global Complementario o Impuesto Único a los Trabjadores por pago de Dividendos Hipotecarios, con la única condición de que los documentos que dan cuenta del nuevo crédito estén exentos del Impuesto de Timbres y Estampillas, establecido en el Decreto Ley N° 3.475, de 1980.

Para obtener más información relativa a este tema, se aconseja visitar en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, en la que se encuentra la que instruye sobre esta materia.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 14/04/2025. Fuente: sii.cl.

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