¿Cuáles son los requisitos copulativos que exige el régimen transitorio de depreciación instantánea de carácter general?
Tema: Declaración de Renta · Gastos Aceptados > Depreciación
Los requisitos copulativos para usar esta depreciación, son los siguientes:
a) Debe tratarse de bienes físicos del activo inmovilizado que sean depreciables, debiendo entenderse por tales, todos aquellos bienes corporales, o sea, los que tienen un ser real y pueden ser percibidos por los sentidos, ya sean muebles o inmuebles.
Quedan excluidos, por tanto, los bienes incorporales, esto es, los que consisten en meros derechos, por ejemplo, derechos de llave, marcas, patentes industriales o de invención, acciones, derechos sociales, derechos de agua, derechos de opción, etc.
b) Debe tratarse de bienes nuevos o importados. La condición de nuevos no resulta exigible respecto de los bienes importados, de modo que dichos bienes podrán acceder al régimen de depreciación tanto si son nuevos como usados.
c) Debe tratarse de bienes cuya adquisición, fabricación, construcción o internación se efectúe entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de mayo de 2020.
d) Los bienes deben ser destinados a nuevos proyectos de inversión, cuya iniciación se efectúe entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de mayo de 2020.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 10/10/2025. Fuente: sii.cl.