¿Deben ser declarados los ingresos de seguros dotales?
Tema: Declaración de Renta · Ingresos no Renta
Los ingresos de seguros dotales contratados antes del 7 de noviembre de 2001 no deben ser declarados en el año tributario correspondiente al ejercicio comercial de su devengo o percepción, puesto que constituyen ingresos no renta. Mientras que los seguros dotales contratados a contar del 7 de noviembre de 2001 que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta tributarán con impuesto de primera categoría (IDPC) e impuesto global complementario (IGC) o impuesto adicional (IA), según sea el domicilio o residencia del beneficiario de la renta.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 03/10/2025. Fuente: sii.cl.