¿Debo declarar y pagar Impuesto a la Renta al residir en el extranjero y recibir una pensión y/o un dinero por el arrendamiento de un bien raíz en Chile?

Tema: Declaración de Renta · Ingresos Renta

Sí, es necesario declarar y pagar Impuesto a la Renta al residir en el extranjero y recibir una presión y/o dinero por el arrendamiento de un bien raíz en Chile. Esto, de acuerdo con el siguiente tratamiento de las rentas obtenidas:

  • La pensión se afecta con el Impuesto Único de Segunda Categoría, según el artículo 43° de la LIR.
  • Si la persona mantiene el domicilio en Chile, las rentas de arrendamiento se afectan con el Impuesto de Primera Categoría y Global complementario, considerando lo señalado en el Artículo 39°. En tanto, la pensión mantiene la tributación del Impuesto Único.

Si además de residir en el extranjero, la persona ha perdido el domicilio en Chile, respecto a las rentas de arrendamiento del bien raíz, queda afecta a Impuesto Adicional, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del Artículo 60° de la LIR, renta que debe afectarse además con el Impuesto de Primera Categoría, sin perjuicio de la exención establecida en el Artículo 39° N° 3 de la Ley señalada, conforme texto que esté vigente a la fecha del hecho gravado con renta.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 01/07/2025. Fuente: sii.cl.

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