¿Es necesario dar aviso de Inicio de Actividades para que una persona recupere las retenciones que le han efectuado los retenedores ?

Tema: Declaración de Renta · Rentas de Segunda Categoría por Honorarios > Retenciones

No, ya que no es necesario para que se presente una Declaración de Renta para recuperar las retenciones que los distintos agentes hayan efectuado a los contribuyentes.

Cabe destacar que el aviso de Inicio de Actividades es obligatorio para todas las actividades económicas y su omisión lleva consigo la sanción respectiva pues no se presentó el aviso dentro plazo legal establecido, que corresponde a los dos meses siguientes en el que se efectúe cualquier acto de comercio.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/09/2025. Fuente: sii.cl.

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