¿Las comunidades que han individualizado al beneficiario del artículo 55 bis de la Ley de la Renta en la escritura de adquisición de una vivienda con crédito hipotecario están obligadas a presentar una Declaración Jurada simple?
Tema: Declaración de Renta · Beneficios Tributarios > Intereses Pagados por Créditos Hipotecarios
No, las comunidades que han individualizado al beneficiario del artículo 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta en la escritura de adquisición de viviendas con créditos hipotecarios, no deben presentar la Declaración Jurada simple.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 15/04/2025. Fuente: sii.cl.