¿Los contratistas que realizan mantenimiento, reparaciones y ampliaciones a viviendas usadas, en virtud de un contrato general de construcción, pueden facturar con el crédito especial del 65%?

Tema: Declaración de Renta · Créditos Tributarios > Crédito Empresas Constructoras

No, un contratista que realiza mantenimiento, reparaciones y ampliaciones de una vivienda usada no tiene derecho a imputar el crédito especial del 65%, por expresa disposición del actual inciso 4° del Art. 21° del D.L. N° 910. Excepto para el caso de aquellos contratos que recaigan exclusivamente en las viviendas a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 2.552, de 1979, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 31/03/2025. Fuente: sii.cl.

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