¿Qué contribuyentes no deben pagar cotizaciones previsionales por rentas percibidas como honorarios?
Tema: Declaración de Renta · Rentas de Segunda Categoría por Honorarios > Cotizaciones Previsionales
Están exceptuados de efectuar cotizaciones previsionales los siguientes trabajadores a honorarios:
- Los afiliados a Capredena, Dipreca o IPS.
- Los pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.
- Las trabajadoras que tengan 50 años o más y trabajadores de 55 años o más, cumplidos al 01 de enero de 2018
- La Ley permanente exime del pago de cotizaciones de pensiones a las mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años.
- Los trabajadores cuya renta imponible anual, que es el 80% del conjunto de sus honorarios brutos anuales, sea menor a 4 ingresos mínimos mensuales.
- Afiliados que, simultáneamente, coticen en calidad de trabajadores dependientes por una remuneración superior al límite máximo imponible anual que es $41.857.379 para el Año Tributario 2026.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 10/04/2026. Fuente: sii.cl.