¿Qué deben hacer los contribuyentes que presenten pérdidas tributarias al declarar los Pagos Provisionales Mensuales (PPM)?

Tema: Declaración de Renta · Pagos Provisionales Mensuales

Los contribuyentes de la Primera Categoría que en un año comercial obtuvieran pérdidas para los efectos de declarar dicho impuesto, podrán suspender los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) correspondientes a los ingresos brutos del primer trimestre del año comercial siguiente.

Si la situación de pérdida se mantiene en el primero, segundo y tercer trimestre de dicho ejercicio comercial, o se produce en alguno de los citados trimestres, podrán suspender los PPM correspondientes a los ingresos brutos del trimestre siguiente a aquél en que la pérdida se produjo.

Producida utilidad en algún trimestre, deberán reanudarse los PPM correspondientes a los ingresos brutos del trimestre inmediatamente siguiente.

Los contribuyentes que se encuentren en condiciones de suspender los PPM, deberán mantener un estado de pérdidas y ganancias acumuladas hasta el trimestre respectivo a disposición del SII.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 03/09/2026. Fuente: sii.cl.

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