¿Tengo derecho a la devolución de los montos retenidos a través de Boletas de Honorarios Electrónicas emitidas?

Tema: Declaración de Renta · Devolución de Renta

Sí, siempre que el monto total de los impuestos determinados en la Declaración Anual a la Renta, sean inferiores a las retenciones de sus honorarios.

En esta situación, tiene derecho a la devolución del excedente o a la totalidad de lo retenido si no está afecto a los impuestos anuales a la renta.

Cabe señalar que, si es un trabajador independiente con régimen de boletas de honorarios, las retenciones pueden destinarse a cotizaciones obligatorias.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 03/07/2026. Fuente: sii.cl.

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