¿Tiene franquicia tributaria las donaciones realizadas a la Fundación Teletón, Cruz Roja, Hogar de Cristo y Un Techo Para Chile, en ayuda a zonas de catástrofe?
Tema: Declaración de Renta · Donaciones
Si, el Servicio de Impuestos Internos (SII) señala que existe un marco normativo que establece beneficios tributarios para contribuyentes que efectúen donaciones destinadas a la recuperación de zonas de catástrofe afectadas por terremotos en los términos de la ley 16.282, lo que se traduce en:
- Beneficio consiste en la deducción del todo o parte del monto donado de la renta afecta a impuesto;
- Se benefician tanto donantes empresas como personas naturales sean chilenos o extranjeros
- Pueden donarse tanto dinero como bienes
- No se aplica el límite general de 5% que afecta a las demás donaciones y el monto de esta donación especial no se computa para el cálculo de tal límite
- Pueden hacer este tipo de donaciones empresas con pérdidas tributarias
Por lo anterior, puede efectuar las donaciones a entidades como: Fundación Teletón, Cruz Roja, Hogar de Cristo, Un Techo Para Chile.
Para efectos de acreditar tales donaciones en eventuales procesos de fiscalización a donantes que invoquen el beneficio, serán aceptables aquellos medios de prueba usuales y corrientes como depósitos o transferencias bancarias a cuentas acreditadas, facturas o boletas de compra, guías de despacho, contratos de transporte o despacho, contabilidad fidedigna y otros.
Puede obtener más información relativa al tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia, donde encuentra la normativa general sobre donaciones y la particular para reconstrucción de zonas de catástrofe.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/07/2025. Fuente: sii.cl.