¿Qué Declaración Jurada deben presentar los contribuyentes del régimen general Semi Integrado para el año tributario 2026?
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Los contribuyentes del **régimen general (Semi Integrado)** deben presentar la declaración jurada 1948 sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) y el número 3 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación.
Plazo de presentación:
- Vence el 16 de marzo de 2026: Para sociedades anónimas abiertas
- Vence el 24 de marzo de 2026: Para sociedad con socios personas jurídicas
- Vence el 27 de marzo de 2026: Para sociedad con socios personas naturales
- Junto al F22 (empresarios individuales)
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 19/01/2026. Fuente: sii.cl.