¿Quién debe pagar el Impuesto de Timbres y Estampillas al emitir una letra de cambio?
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Al ser emitida una letra de cambio, debe pagar el Impuesto de Timbres y Estampillas el beneficiario o acreedor, pues tiene la calidad de sujeto del impuesto, lo que no impide que pueda recuperar dicho impuesto de parte del aceptante, según lo dispone el artículo 9° de la Ley de Timbres y Estampillas.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/06/2025. Fuente: sii.cl.