¿Qué requisito debe cumplir un extranjero residente en Chile para dar aviso de Inicio de Actividades?

Tema: RUT e Inicio de Actividades · Inicio de Actividades > Contribuyentes extranjeros

Para dar aviso de Inicio de Actividades un extranjero residente en Chile debe contar con:

[if !supportLists][endif]a) Cédula de Identidad de Extranjero obtenida en Chile.

[if !supportLists][endif]b) Visa de residencia que le permita iniciar negocios o labores en el país, susceptibles de producir rentas de Primera o Segunda Categoría de la Ley de la Renta.

[if !supportLists][endif]c) Haber sido incorporado en las bases de datos del SII.

[if !supportLists][endif]d) Contar con clave tributaria.

Una vez obtenida la clave tributaria podrá Iniciar Actividades de segunda y primera categoría vía Internet.

Quedan excluidos de realizar el inicio de acticvidades por internet, los contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos, o sin acceso a energía eléctrica , o en un lugar decretado como zona de catástrofe conforme a la legislación vigente, pudiendo realizarlo en Oficinas de SII correspondiente a su domicilio.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 03/06/2026. Fuente: sii.cl.

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