Si requiero disolver una sociedad constituida en el RES, ¿A quién debo informar primero, al Registro o al Servicio?

Tema: Término de Giro · ¿Quiénes deben hacer término de giro?

Quienes requieran disolver una sociedad, deberán primeramente realizar el Término de giro por Internet en www.sii.cl. Luego de ese trámite, podrán requerir la disolución en el Registro.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Ayuda.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 17/06/2025. Fuente: sii.cl.

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