¿Quiénes pueden realizar avisos y modificaciones tributarias por Internet?
Tema: Actualización de Información · Medios para presentar el aviso de modificaciones > Por Internet
Todos los contribuyentes que hayan dado aviso de Inicio de Actividades profesionales y comerciales ante el Servicio de Impuestos Internos y que formen parte de la Primera y Segunda Categoría de la Ley de la Renta.
Al entrar a las aplicaciones disponibles en el sitio web del SII, el contribuyente puede realizar las modificaciones pertinentes y confirmar los datos. La información es tomada por el sistema y, al mismo tiempo, validada y actualizada en las bases de datos del SII. Si la operación es aceptada, se desplegará en pantalla un Certificado Solemne que acredita que el aviso o modificación tributaria ha sido concretado exitosamente.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online,menú Actualización de información.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 09/06/2026. Fuente: sii.cl.