¿Quiénes pueden realizar avisos y modificaciones tributarias por Internet?

Tema: Actualización de Información · Medios para presentar el aviso de modificaciones > Por Internet

Todos los contribuyentes que hayan dado aviso de Inicio de Actividades profesionales y comerciales ante el Servicio de Impuestos Internos y que formen parte de la Primera y Segunda Categoría de la Ley de la Renta.

Al entrar a las aplicaciones disponibles en el sitio web del SII, el contribuyente puede realizar las modificaciones pertinentes y confirmar los datos. La información es tomada por el sistema y, al mismo tiempo, validada y actualizada en las bases de datos del SII. Si la operación es aceptada, se desplegará en pantalla un Certificado Solemne que acredita que el aviso o modificación tributaria ha sido concretado exitosamente.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online,menú Actualización de información.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 09/06/2026. Fuente: sii.cl.

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