¿El SII puede clasificar un terreno como eriazo en circunstancias que según la escritura es un terreno agrícola?
Respuesta corta: Sí. Si el SII verifica que el predio no tiene construcciones y no se usa en una explotación agropecuaria o forestal permanente, lo clasifica como sitio eriazo, aunque la escritura diga que es agrícola.
Respuesta oficial del SII
Tema: Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces · Avalúo fiscal > Avalúos
Si se verifica que el predio no está destinado a la producción agrícola y no tiene construcciones, se clasificará como sitio eriazo.
Para estos efectos, se entiende que el predio es de producción agrícola o forestal cuando es objeto de una explotación agropecuaria o forestal permanente, con un manejo productivo que permita la comercialización de los productos agropecuarios obtenidos, o la subsistencia económica de sus ocupantes.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 08/04/2026. Fuente: sii.cl.