¿El SII puede clasificar un terreno como eriazo en circunstancias que según la escritura es un terreno agrícola?

Respuesta corta: Sí. Si el SII verifica que el predio no tiene construcciones y no se usa en una explotación agropecuaria o forestal permanente, lo clasifica como sitio eriazo, aunque la escritura diga que es agrícola.

Respuesta oficial del SII

Tema: Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces · Avalúo fiscal > Avalúos

Si se verifica que el predio no está destinado a la producción agrícola y no tiene construcciones, se clasificará como sitio eriazo.

Para estos efectos, se entiende que el predio es de producción agrícola o forestal cuando es objeto de una explotación agropecuaria o forestal permanente, con un manejo productivo que permita la comercialización de los productos agropecuarios obtenidos, o la subsistencia económica de sus ocupantes.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 08/04/2026. Fuente: sii.cl.

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