Si vivo en el campo y mi predio está destinado a la agricultura, ¿puedo acceder a este beneficio?
Tema: Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces · Contribuciones > Exenciones y beneficios > Beneficio al adulto mayor
El beneficio se aplica solo a las propiedades que se encuentren registradas con destino habitacional, es decir, este destinado a la vivienda en los registros del Servicio de Impuestos Internos.
Por ello, si el predio está registrado como agrícola, no cumple con este requisito, aunque la persona mayor habite en él.
No obstante, si la clasificación del inmueble no es agrícola en la actualidad, pues su uso o potencial de uso principal no está orientado a la producción agrícola, ganadera o forestal, puede solicitar su revisión ante el SII y presentar los antecedentes que respalden el cambio de destino.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 21/07/2026. Fuente: sii.cl.