Como Empresario Individual ¿Estoy obligado a algún pago adicional para el reintegro del Préstamo con tasa real 0%?
Tema: Beneficios Tributarios · Medidas tributarias de apoyo a Personas y Pymes > Préstamo con tasa cero %
Sí. El artículo 9 de la Ley N° 21.252 señala que, en el caso de los empresarios individuales, estos deben adicionar un 3% en los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios que se declaren en los respectivos formularios de impuestos mensuales (formulario 29). Este pago adicional se deberá realizar a partir del día 01 de septiembre de 2021.
Puede obtener más información consultado en nuestro sitio web sii.cl, sección Destacados Beneficios Clase Media.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/05/2025. Fuente: sii.cl.