¿Desde cuándo se debe entregar una copia impresa o virtual de la boleta electrónica y del comprobante de pago electrónico?
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Esta obligación rige a contar del 1 de mayo de 2025, para los contribuyentes que, a dicha fecha, cuenten con dispositivos para impresión. Y para los contribuyentes que cuenten con otros dispositivos, la obligación regirá a partir del 1 de marzo de 2026.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 27/05/2025. Fuente: sii.cl.