¿Después de obtener la autorización de los documentos en formato papel por internet, debo llevarlos a que le pongan el timbre físico en la oficina del SII?

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Una vez que obtienes la autorización de los documentos en formato papel a través de la página web del SII, no es necesario llevarlos a la oficina del SII para que les pongan el timbre de cuño*. La autorización web es válida y luego descarga un comprobante que debe permanecer visible en tu local y/o a disposición de los funcionarios del SII que pudieran requerirlo.

*Cabe señalar que según la RESOLUCIÓN EX. SII N° 113 de 2021 los documentos tributarios en formato papel no requerirán de la aposición física del timbre de cuño y, su autorización constará en los sistemas del SII.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 20/07/2026. Fuente: sii.cl.

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