¿Qué debe hacer una empresa que recibe por email una Boleta de Honorarios Electrónica y no ha solicitado ni recibido ese servicio?

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Debe comunicarse con el emisor para que proceda a anularla y evitar complicaciones posteriores, como, por ejemplo, en la base de datos del SII existirá una retención de honorarios o Pagos Provisionales Mensuales (PPM), según corresponda, que deberían estar enterados en el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo y anualmente informada en el Formulario 1879.

Usted puede observar la BHE a través de la aplicación habilitada para el efecto en el sitio web del SII sección Servicios online, menú Boletas de honorarios electrónicas, Emisor de boleta de honorarios, Anulación y observación de boletas emitidas, opción Observar boletas recibidas. Al usar este procedimiento, el documento quedará registrado como observado e inmediatamente se enviará, de manera automática, un correo electrónico al emisor, informando dicha situación.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 26/05/2025. Fuente: sii.cl.

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