¿Cómo deben los donatarios informar al Servicio de Impuestos Internos las donaciones recibidas en bienes o en dinero?
Tema: Declaración de Renta · Gastos Aceptados > Donaciones
Los donatarios (instituciones receptoras) deben informar al Servicio las donaciones recibidas en bienes o en dinero bajo la Ley N° 16.282 mediante la presentación de la Declaración Jurada Anual N° 1832.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 14/10/2025. Fuente: sii.cl.