¿Cuál es el procedimiento que debe aplicarse a las mercaderías mermadas en casos fortuitos o de fuerza mayor?

Tema: Declaración de Renta · Gastos Aceptados > Mermas y Pérdidas

El procedimiento que debe aplicarse a las mercaderías mermadas en casos fortuitos o de fuerza mayor consiste en avisar tal hecho al Servicio dentro del plazo de 48 horas después de su ocurrencia. Posteriormente, las pérdidas o mermas serán constatadas y calificadas por un funcionario del SII, con la idea de autorizar su rebaja de los libros de contabilidad.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 01/10/2025. Fuente: sii.cl.

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