¿Mediante qué declaración jurada deben los donatarios informar al Servicio de Impuestos Internos las donaciones recibidas en bienes o en dinero?

Tema: Declaración de Renta · Gastos Aceptados > Donaciones

Deberá cumplirse a través de la presentación del Formulario de la Declaración Jurada N° 1832, y en un plazo no posterior, al 31 de enero del ejercicio siguiente en que se efectúe la donación, teniendo presente lo establecido en la normativa tributaria que se indica:

  • · Resolución N°110 de 2004 y N°106 de 2013, aplicables a las donaciones efectuadas al amparo del Decreto Ley N° 45 de 1973, y
  • · Resolución N°98 de 2017, que hace aplicable la obligación de informar las donaciones efectuadas al amparo de la Ley N° 16.282.

El formato del señalado Formulario 1832, se encuentra publicado en nuestro sitio web, sección Formularios.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 14/10/2025. Fuente: sii.cl.

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