¿Qué se debe hacer para recuperar las retenciones por honorarios de una persona fallecida?

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Lo que se debe hacer es presentar la Declaración de Impuesto a la Renta del causante a través del Formulario 22 de Renta, la cual debe ser realizada por los herederos o un mandatario designado por éstos, a contar de abril del año siguiente.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 22/09/2025. Fuente: sii.cl.

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