¿Qué tributación afecta a la explotación de la propiedad intelectual, efectuada por el autor?

Tema: Declaración de Renta · Impuesto Global Complementario

Los ingresos provenientes de la explotación de la propiedad intelectual, son clasificados como ingresos de segunda categoría provenientes del ejercicio de una ocupación lucrativa, afectándose, en consecuencia, anualmente con el impuesto global complementario.

Puede obtener más información relativa al tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, en la opción Jurisprudencia administrativa, encuentra el Oficio N° 1906 del año 1996.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 18/07/2025. Fuente: sii.cl.

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