Un contribuyente que ha recibido una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros, ¿debe presentar su Declaración de Impuesto a la Renta?

Tema: Declaración de Renta · Rentas de Segunda Categoría por Honorarios > Aspectos Generales

Sí, un contribuyente que ha recibido una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros debe presentar su declaración de impuesto a la renta, considerando las siguientes situaciones:

  • Obligatoriamente, si el monto total de sus rentas es igual o superior a 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
  • Solo si sus rentas son inferiores a 13,5 UTA y desea recuperar el 14.5% (vigente en año 2025) retenido.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Material de ayuda.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 17/09/2025. Fuente: sii.cl.

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