Una persona natural con actividades de segunda categoría, ¿puede cambiar de gastos presuntos a efectivos a mediados de año y considerar la totalidad de éstos en el ejercicio comercial?

Tema: Declaración de Renta · Rentas de Segunda Categoría por Honorarios > Gastos Efectivos y Gastos Presuntos

Una persona natural con actividades de segunda categoría de la Ley de la Renta, que decida tributar en base a gastos efectivos, puede considerar todos los gastos del ejercicio comercial.

Cuando los citados contribuyentes opten por abandonar la modalidad de gastos presuntos, en materia de registros contables quedarán sometidos a llevar un Libro de Entradas y Gastos, en el cual practicarán un resumen anual de las entradas y gastos incurridos durante el ejercicio comercial, debidamente timbrado por el Servicio que se realiza de forma **online** a través del sitio web del SII

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 22/09/2025. Fuente: sii.cl.

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