¿Cuándo el Contribuyente estará obligado a facturar electrónicamente?
Tema: Factura Electrónica · Ley N° 20.727, obligatoriedad de Factura Electrónica
La obligación de emitir facturas y los otros documentos electrónicos señalados, entrará en vigencia dependiendo de los Ingresos anuales por ventas y servicios de las Empresas en el último año calendario y si su ubicación es urbana o rural.
El Servicio ha calificado el ingreso gradual de los contribuyentes, como Etapa 1, 2 y 3, según el siguiente cuadro:
| Calendario de Ingreso de los Contribuyentes a Facturación Electrónica | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | Etapas | Tamaño | Ingresos anuales por ventas y servicios (1) | Ubicación Geográfica | Plazo | Fecha | | Etapa 1 | Empresas calificadas Etapa 1 Grandes Empresas (2) | 100.000 UF y más | Urbana o Rural (sin distinción) | 9 meses | 1 de noviembre de 2014 | | Etapa 2 | Empresas calificadas para Etapas 2 y 3. Empresa de Menor Tamaño (EMT)(3) | 2.400 UF a 100.000 UF | Urbana | 30 meses | 1 de agosto de 2016 | | Rural | 36 meses | 1 de febrero de 2017 | | | | | Etapa 3 | 2.400 UF y menos | Urbana | 36 meses | 1 de febrero de 2017 | | | Rural | 48 meses | 1 de febrero de 2018 | | | |
(1) Ingresos anuales por ventas y servicios en el último año calendario, Ley 20.416 de 2010.
(2) Mayoritariamente Grandes Empresas. Hay empresas de otros segmentos.
(3) Ley N° 20.780 del 29.09.14, modifica los plazos de EMT.
Valor UF al 31 de enero de 2014: $ 23.435.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 30/06/2025. Fuente: sii.cl.