¿Cómo debe ser valorizado el derecho de llaves o, en términos generales, los bienes intangibles?
Tema: Herencias y Donaciones · Herencias > Declarar, consultar y rectificar herencias y donaciones (F4412) > Declarar impuesto a las herencias
Por regla general los bienes muebles y todos aquellos bienes que no cuenten con una regla especial de valoración en el artículo 46° o 47° de la Ley N°16.271 deben ser valorados conforme el artículo 46° bis de la Ley, es decir, de acuerdo a su valor corriente en plaza. Debe tener en cuenta que el valor declarado como corriente en plaza, debe estar debidamente fundado y documentado; o, estar basado en un informe técnico de valoración, para efectos de su justificación ante una eventual fiscalización.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.