¿Cómo deben tratarse los gastos de sepultura del causante (persona fallecida) debidamente acreditados en una Posesión Efectiva?

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Los gastos de sepultura del causante, debidamente acreditados en una Posesión Efectiva, se pueden deducir de la masa hereditaria para determinar la asignación líquida que le corresponda a cada heredero.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 22/05/2025. Fuente: sii.cl.

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