¿Qué pasos debo seguir para declarar una donación que se materializa en Chile cuando el donante es extranjero y no tiene RUT chileno?
Tema: Herencias y Donaciones · Herencias > Declarar, consultar y rectificar herencias y donaciones (F4412) > Declarar impuesto a las donaciones
Cuando la donación se materializa en territorio chileno, se deben cumplir dos etapas en forma consecutiva:
Primera etapa. Insinuación judicial: Toda donación cuyo valor exceda de dos centavos debe ser autorizada previamente por el juez competente. Este trámite, denominado "insinuación", es un requisito previo e indispensable para poder declarar el impuesto ante el SII.
Segunda etapa. Declaración y pago del impuesto: Una vez obtenida la resolución judicial que autoriza la donación, el donatario debe presentar su declaración en el Formulario 4412, denominado "Declaración de Impuesto a las Herencias y Donaciones", disponible en el sitio web del SII, accediendo con su RUT y clave tributaria o Clave Única. A dicha declaración se deben adjuntar la resolución judicial de insinuación, el contrato de donación (si existe) y los documentos que acrediten el valor de lo donado.
Respecto del donante extranjero sin RUT chileno, el sistema permite completar el campo correspondiente ingresando el número genérico 55.555.555-5, habilitado precisamente para identificar a extranjeros en esta situación.
Todo conforme al artículo 1401 del Código Civil.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 12/05/2026. Fuente: sii.cl.