Al modificarse la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA), ¿las tasas de retención por anticipo establecidas, tales como el 12% para las ventas de harina y del 5% para las ventas de carne y prestación de servicios de faenamiento experimentarán alguna variación?
Tema: Impuestos Mensuales · Anticipos y Retenciones por cambio de sujeto de IVA
Las tasas de retención por anticipo establecidas se mantienen en 12 % para las ventas de harina (Resolución N°5.282 de 2000) y en 5 % para las ventas de carne y prestación de servicios de faenamiento (Resolución N°3.722 de 2000) conforme lo señalan las mencionadas resoluciones.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 28/04/2025. Fuente: sii.cl.