¿Cuánto Impuesto al Valor Agregado (IVA) puede ser recuperado por parte de un Pequeño Productor Agrícola (PPA) por concepto de Crédito Fiscal?

Tema: Impuestos Mensuales · Regimenes especiales del IVA > Devolución del IVA > Devolución de crédito fiscal IVA a pequeños productores agrícolas

Un Pequeño Productor Agrícola obtendrá, como máximo, una devolución anual del 70 % por el IVA retenido por las empresas retenedoras, a quienes se vendió con un tope máximo de 26,6 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), correspondientes a mayo del ejercicio agrícola, siempre y cuando este IVA haya sido pagado por compras y servicios relacionados directamente con la actividad agrícola.

El proceso de devolución se realiza únicamente en junio de cada año, tomando en cuenta el ejercicio agrícola que va desde junio del año anterior a mayo del año en curso.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 26/03/2025. Fuente: sii.cl.

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