¿En qué línea del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo debe ser declarado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las Facturas Electrónicas recibidas?

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El IVA de las Facturas Electrónicas recibidas que den derecho a Crédito Fiscal debe ser declarado en la línea 28 (adquisición de bienes y servicios) y línea 31 (adquisición de activo inmovilizado) del nuevo Formulario 29.

Se informa, además, que el IVA por documentos electrónicos recibidos deben ser registrados en la línea 24, códigos 511 y 514, del Formulario 29, sólo en carácter informativo.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), Ayudas.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 09/06/2025. Fuente: sii.cl.

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