¿En qué línea del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo debe ser declarado el Impuesto Único de Segunda Categoría, determinado y retenido por la empresa a sus trabajadores?

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El Impuesto Único de Segunda Categoría, determinado y retenido por la empresa a sus trabajadores, debe ser declarado en la línea 60, del actual Formulario 29, según los términos establecidos en el artículo 74, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios Online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), especialmente Ayudas.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 13/03/2025. Fuente: sii.cl.

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