¿Los servicios clasificados en el artículo 20 N° 5, de la Ley sobre impuesto a la renta, prestados por una sociedad de capital, se encontrarán afectos a IVA a partir del 1 de enero de 2023?
Tema: IVA a los Servicios Profesionales y Culturales · Nuevos servicios gravados
Sí, los servicios referidos prestados por una sociedad de capital como, por ejemplo, una sociedad anónima, sociedad por acciones (Spa) o en comandita por acciones, a partir del 1 de enero de 2023, se encontrarán afectos a IVA, a menos que sea aplicable alguna de las exenciones establecidas en los artículos 12° y 13° de la LIVS.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/06/2025. Fuente: sii.cl.