¿Puede una sociedad de personas en primera categoría “transitar” a ser una sociedad de profesionales?

Tema: IVA a los Servicios Profesionales y Culturales · Exencion de IVA a las sociedades de profesionales

Una sociedad de personas de primera categoría sí puede ser considerada una sociedad de profesionales (y, por tanto, beneficiarse de la exención de IVA), siempre que cumpla los requisitos establecidos, aun cuando anteriormente haya tenido otro tipo societario.

Se debe tener la consideración de que como ya estaba tributando en primera categoría desde su inicio de actividades, no puede volver al sistema de tributación de la segunda categoría.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 03/06/2025. Fuente: sii.cl.

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