¿Dónde y quién puede realizar la Inscripción al Rut y aviso de Inicio de Actividades?

Tema: RUT e Inicio de Actividades · Inicio de Actividades > Contribuyentes nacionales > Antecedentes generales

Ambos trámites deben ser presentados vía internet.

La obtención de RUT vía internet puede efectuarla el representante legal o uno de los socios consignados en el extracto de constitución publicado en el Diario Oficial.

El Inicio de Actividades vía internet lo puede efectuar el contribuyente con su rut y clave tributaria.

Los contribuyentes excluidos de acuerdo a la norma tributaria de realizar estos trámites por internet, podrán hacerlo en las oficinas de SII, y los puede realizar el contribuyente, el (los) representante(s) o una persona con poder. Estos trámites deben ser efectuados en la oficina del SII que tenga jurisdicción sobre el domicilio del contribuyente.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 05/05/2025. Fuente: sii.cl.

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