¿Cuándo se puede impugnar un nuevo avalúo, determinado en el reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros?

Tema: Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces · Avalúo fiscal > Procesos de reavalúo > Sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros

El período de impugnación contra un nuevo avalúo se inicia una vez concluida la exhibición de los roles de avalúos en las respectivas municipalidades y se extiende durante:

  • 30 días en caso de presentar un Recurso de Reposición Administrativa ante el Servicio de Impuestos Internos.
  • 180 días en caso de presentar el reclamo ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 09/04/2026. Fuente: sii.cl.

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