¿Cuándo se puede impugnar un nuevo avalúo, determinado en el reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros?
Tema: Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces · Avalúo fiscal > Procesos de reavalúo > Sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros
El período de impugnación contra un nuevo avalúo se inicia una vez concluida la exhibición de los roles de avalúos en las respectivas municipalidades y se extiende durante:
- 30 días en caso de presentar un Recurso de Reposición Administrativa ante el Servicio de Impuestos Internos.
- 180 días en caso de presentar el reclamo ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 09/04/2026. Fuente: sii.cl.