¿Quiénes están obligados a emitir boleta electrónica o boleta no afecta o exenta electrónica?

Tema: Boleta Electrónica de Ventas y Servicios · Boletas Electrónicas de Ventas y Servicios > Incorporación

Todos los contribuyentes que emitan boletas de ventas y servicios por papel están obligados a emitir este documento en formato electrónico, así como también los contribuyentes que inician actividades y que cumplan los requisitos para emitir boleta electrónica, en las fechas que estableció la Resolución N° 74 de 2020, y luego modificada por ley 21.256, esto es:

1° de enero del 2021 para los que ya son facturadores electrónicos, y

1° de marzo 2021 para los que no son facturadores electrónicos

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 20/07/2026. Fuente: sii.cl.

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