¿Qué porcentaje debe retener el empleador de un extranjero con contrato de honorarios, con residencia en trámite y permiso para trabajar en Chile?

Tema: Declaración de Renta · Contribuyentes Extranjeros

El porcentaje que debe retener el empleador de un extranjero con contrato de honorarios, con residencia en trámite y permiso para trabajar en Chile son los siguientes:

  • Dentro de los primeros seis meses se deberá retener un 20% de sus ingresos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 60 y 74, N° 4, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • A contar del séptimo mes se debe retener un 15,25% de los ingresos, según lo señalado en el artículo 74, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 08/01/2026. Fuente: sii.cl.

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