¿Qué porcentaje debe retener el empleador de un extranjero con contrato de honorarios, con residencia en trámite y permiso para trabajar en Chile?
Tema: Declaración de Renta · Contribuyentes Extranjeros
El porcentaje que debe retener el empleador de un extranjero con contrato de honorarios, con residencia en trámite y permiso para trabajar en Chile son los siguientes:
- Dentro de los primeros seis meses se deberá retener un 20% de sus ingresos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 60 y 74, N° 4, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- A contar del séptimo mes se debe retener un 15,25% de los ingresos, según lo señalado en el artículo 74, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 08/01/2026. Fuente: sii.cl.