¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces entregados en arriendo?

Tema: Declaraciones Juradas · Declaraciones juradas de Renta > Declaraciones juradas por rentas o retenciones nacionales > Declaración jurada por arriendo de bienes no agrícolas

Deben presentar la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados:

1.- Los corredores de propiedades, intermediarios y mandatarios, de arrendadores o arrendatarios, de bienes raíces agrícolas y/o no agrícolas, cuya participación derive en la celebración y/o administración del contrato de arrendamiento.

2.- Los arrendatarios de bienes raíces agrícolas y/o no agrícolas que, contraigan o posean dicha calidad y que, sin la intervención de corredor de propiedades, intermediarios y/o mandatarios, sean:

  • Sociedades de profesionales.
  • Contribuyentes de primera categoría.
  • Órganos y servicios públicos tales como los Ministerios, las Intendencias, las Gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y las empresas públicas creadas por ley. (contenidos en el DFL N°1 del año 2001, texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado).
  • Organizaciones sin fines de lucro (como las fundaciones y corporaciones), universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.
  • Contribuyentes o entidades no mencionados anteriormente, que arrienden dichos bienes para el desarrollo de una o más actividades comprendidas en el artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • Contribuyentes sujetos al régimen Pro Pyme Transparente del artículo 14 letra D N° 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta que arrienden dichos bienes para el desarrollo de su actividad.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección en Servicios online, menú Declaraciones juradas, Declaraciones juradas de Renta, opción Material de ayuda, subopción Más información.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/03/2026. Fuente: sii.cl.

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