¿A partir de qué período tributario, se suspende el envío de la Información Electrónica de Compras y Ventas (IECV) al SII?

Tema: Factura Electrónica · Registro de Compras y Ventas

El contribuyente podrá enviar la IECV hasta el periodo de julio 2017. Por lo tanto, a partir del periodo siguiente, deberá registrar los antecedentes en el Registro de Compras y Ventas (RCV).

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 27/06/2025. Fuente: sii.cl.

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