¿A partir de qué período tributario, se suspende el envío de la Información Electrónica de Compras y Ventas (IECV) al SII?
Tema: Factura Electrónica · Registro de Compras y Ventas
El contribuyente podrá enviar la IECV hasta el periodo de julio 2017. Por lo tanto, a partir del periodo siguiente, deberá registrar los antecedentes en el Registro de Compras y Ventas (RCV).
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 27/06/2025. Fuente: sii.cl.